En la actualidad, en un gran
número de países coexisten una política prohibicionista
a nivel legal y una política de reducción de
daños a nivel sanitario. Esto ha promovido la
sanción de leyes específicas que, como en el
caso de Brasil, instan a las autoridades sanitarias
a distribuir jeringas descartables a los usuarios
de drogas inyectables, entre otras acciones
(19).
La Constitución Argentina reconoce
en forma expresa el Derecho a la Salud, a partir
de la incorporación del Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
con la reforma de 1994 (20). La política de
Reducción de Daños se sustenta en esta norma
constitucional. Por otra parte, en nuestro país,
la resolución 351 / 2000 de la SEDRONAR recomienda
al Ministerio de Salud de la Nación, la adopción
de programas o medidas en esta perspectiva (21).
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Unidas, 8. sesión plenaria, 27/6/2001.
19 Ley 9758 del Estado de Sao
Paulo (1997). Con posterioridad, se sancionaron
leyes similares, en varios estados y municipios
del Brasil.
20 Constitución Nacional de la
República Argentina. Art. 75, Inc. 22, 1994.
21 Resolución de la Secretaría
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*Reproducido de la Carpeta de
Divulgación del Proyecto AD / ARG / 02 / G17,
de la Oficina contra la Droga y el Delito de
Naciones Unidas y ONUSida. Para mayor información
: Secretaría Ejecutiva del Proyecto, Intercambios
Asociación Civil, Corrientes 2548 1ero E (1046)
Bs. As., TE 0054 11 4954 7272, Fax 0054 11 4954
1333, intercambios@intercambios.org.ar / www.
Intercambios.org.ar